Recategorización Estaciones de Servicio
INSTRUCTIVO
CITE: V.D.S. - SC DESP. No. 003/2014
DE |
: Dn. Felipe Cáceres García |
A |
: Director General de Sustancias Controladas, Jefes |
REF. |
: REQUISITOS Y DOCUMENTACIÓN PARA |
FECHA |
: La Paz, 25 de julio de 2014 |
En sujeción al Artículo 59 del REGLAMENTO DE OPERACIONES CON SUSTANCIAS CONTROLADAS Y PRECURSORES DE USO INDUSTRIAL aprobado por Decreto Supremo No. 25846, a partir de la fecha se DISPONE que en los trámites de RECATEGORIZACION de las ESTACIONES DE SERVICIO DE COMBUSTIBLES LÍQUIDOS se cumpla y presente los siguientes requisitos y documentación:
1) Memorial de solicitud de RECATEGORIZACION dirigido al Director General de Sustancias Controladas, conteniendo la siguiente información:
2) Documentación de la ESTACIÓN DE SERVICIO
3) Documentación del Representante Legal
Se establece que en los Trámites de RECATEGORIZACION se deberá proceder a devolver a la DGSC el Certificado de Registro anterior
El incumplimiento de cualesquiera de los requisitos y documentación dará lugar a la inmediata observación del trámite y consiguiente rechazo en caso de no subsanarse la misma.
Se previene a los servidores públicos responsables que en caso de advertirse la omisión del presente instructivo se DISPONE que la Autoridad Sumariante (Unidad Jurídica) del Viceministerio apertura los PROCESOS INTERNOS en contra de los infractores para su correspondiente sanción.
CIRCULAR VDS 003/2014